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Los hermanos formados en el centro de la iglesia en una visita del obispo D. Alfonso Ródenas García. Podemos apreciar perfectamente como era la iglesia y el altar antes de deicrse la misa cara al público. |
La Hermandad de Ánimas es la asociación, con diferencia, más
antigua de Topares, Se constituye en i893, siendo el acta de constitución y
aprobación de los reglamentos del 1 de noviembre.
Podemos pensar que es una iniciativa de los hombres
importantes de la época, así en varias reuniones se dice en el acta que se
reúnen con el cura los “mayores contribuyentes de esta feligresía”.
Atendiendo a lo que en el documento se dice, su creación obedece
a una idea concreta: “Se constituye una hermandad en la coadjutoría de Topares
para el sufragio de las benditas ánimas (del purgatorio) bajo las bases
siguientes”.
Si en la declaración, su formación está clara, yo quiero
intuir alguna razón más. En 1787 se constituye la Ayuda de Parroquia de
Topares, dependiente de la mayor de Vélez Blanco. A lo largo del siglo XIX
Topares crece y se ve la probabilidad de que la ayuda de parroquia pase a ser
parroquia propia. Qué duda cabe que una hermandad de ánimas que le de soporte a
la parroquia es un hecho a su favor. Así, el año 1900 se consigue que Topares
tenga su propia Parroquia. Para ello no sería extraño que influenciara que en
una reunión de la hermandad celebrada el 8 de abril de 1895 se apruebe por
unanimidad hacer obras de reparación y acondicionamiento en la iglesia:
“Sanear la nave de la iglesia de la humedad. Recomposición
del tejado. Colocar el pasamanos de la escalera del coro. Construir dos bancos
de madera para los hermanos de la hermandad. Adquirir un misal romano con el
santoral español. Una ánfora para los santos oleos. Un palio de cuatro varas.
Un manual romano. Una cartilla de difuntos y un sillón para el presbiterio y
doce faroles”.
No encuentro mejor manera de decir al obispado que el pueblo
de Topares tendría, siempre, cuidado con su parroquia.
En la primera sesión de 1893 se aprueba el reglamento de la
misma, en la que entre otras cosas se establecen los derechos y deberes de los
hermanos:
“El deber de los hermanos, coadyuvar con todos sus medios; al
mayor esplendor posible de la hermandad, a que de su seno se saquen los
mayordomos de ánimas según las costumbres de la localidad y en la forma que preceptúen
los artículos sucesivos”.
“Todos los hermanos contraen la obligación de confesar y
comulgar por el día de las ánimas de cada año para darle mayor solemnidad sin
que ninguno pueda faltar a dicho acto sin previa justificación de la causa”.
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Mi abuelo Vidal. En la chaqueta se puede ver la medalla que lo distingue como hermano de la Hermandad. En el mismo acto besando el anillo del Sr. Obispo. Toda la liturgia nos hace pensar en un acto propio para los hermanos. |
“Igualmente deben asistir todos los hermanos que sus
ocupaciones se lo permitan a las funciones de semana santa y a la confesión que
sin carácter obligatorio tendrá lugar el jueves de dicha semana y hacer las
horas de guardia al Santísimo Monumento según el turno que le corresponda sin
que a este acto se admitan excusas”.
Se da la circunstancia, según indica el reglamento que, si
por imperiosa necesidad alguien tuviera que falta a la guardia, tendría que
sustituirlo otro hermano de la hermandad, no podía ser nadie ajeno a la misma.
Se establece también como obligatoriedad la asistencia a los
entierros de un hermano fallecido, los hermanos acompañarán, portando velones, al
cura desde la iglesia hasta la casa del difunto, también deberá, asistir en lo
necesario y en lo posible a la enfermedad de algún hermano y la asistencia a
las misas que por su alma se digan en un número máximo de nueve, siendo las dos
últimas sin carácter obligatorio.
Si un hermano sin justificación alguna comete tres faltas
graves al reglamento de la hermandad se considerará eliminado de la misma y sin
derecho a reclamar privilegio alguno que como hermano pudiera corresponderle.
Pero a lo largo de todo el libro no recuerdo haber visto
ninguna mención a que se hubiera dado este caso, solo en un momento dado se
acuerda que los hermanos que se marchan del pueblo dejen de ser miembros de la
hermandad.
A cada hermano por sorteo se le asigna un número que marcará
el puesto para ser mayordomo, siguiendo el orden estricto es irrenunciable
cuando le toca. Cada año se sacan dos por el día de los difuntos y solo la
enfermedad o el luto exime de tal obligación. Así dice su artículo 17: “Siendo
una de las causas que justifiquen (en parte) el no cumplimiento de este
reglamento (los lutos) se entiende que de padres a hijos fallecidos dos años,
de tíos y sobrinos mayores de doce años. Seis meses y esta excepción es única y
exclusivamente para ser mayordomos, cuyo servicio ha de prestar cuando esté
fuera de la expresada circunstancia”.
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La cuadrilla en el recorrido por las calles y casas del pueblo flanqueados por los dos mayordomos. |
Se fijan las obligaciones de los mayordomos, como formar la
cuadrilla en el tiempo y forma que señalan nuestras costumbres. Recorrer los
lugares que crean oportunos recaudando las limosnas que para las ánimas den los
fieles. También lleva consigue ser presidente y tesorero de la hermandad
durante ese año. Como tales tienen la obligación de convocar a los hermanos a
junta general y establecer y anunciar los turnos para la vela del Santísimo y
admitir o no un turno a una persona que lo solicite.
Uno de los artículos más curiosos es el que se refiere a la
obligatoriedad de dar de comer a la cuadrilla el día de los Inocentes. Si entre
ambos mayordomos no hubiera acuerdo de cómo hacerlo, se sorteará quedando
obligado el que la suerte lo elimine a abonar 15 pesetas al que la tenga que
dar.
Como su nombre indica la asociación surge con una idea de
hermandad, así en su reglamento disponen dedicar 25 pesetas anuales a socorrer
a los pobres enfermos necesitados con lo cuál se crea un fondo llamado de
socorro que administrarán los mayordomos.
Cada año se eligen a los nuevos mayordomos, a su elección los
salientes les entregaran el estado detallado de las cuentas, así como los
fondos de la hermandad. Los nuevos mayordomos quedan obligados a conservar los
fondos en el arca destinada al efecto, que tendrá tres llaves, una para cada
uno de los que constituyen la junta directiva. También hacer los pagos
mensuales y pedir los recibos respectivos. Así como, en todos los actos
religiosos entenderse con el señor cura.
Se firma en Topares a 1 de noviembre de 1893, algunos de los
nombres firmantes son
Bernardo Serrano Martínez. Juliano Martínez Román. Lucas López.
Pedro Gómez. Emilio García. Marcos José Jiménez. Antonio Gómez. Tomás Serrano
Motos. Francisco Santos Motos. Víctor Romero. Guillermo. José María Aliaga.
Antonio J. Díaz Motos. Luís Navarro y otros…
· Es importante que no perdamos nuestra
historia, en otras ocasiones iré contando como ha ido sobreviviendo nuestra
hermandad desde ese lejano 1893 hasta los tiempos recientes.